ya que según la legislación laboral chilena la jornada laboral semanal es de 45 horas y NO SE DEBE hacer trabajar a un empleado mas de 2 horas extra al día
Te agrego que las 45 horas deben estar repartidas entre 5 días mínimo y 6 máximo, dejando un día para el descanso por obligación, que generalmente es el domingo. Todo esto es la regla general de la regulación laboral, existen muchas leyes especiales como la de deportistas y minería, en esta última se dan los famosos 7 x 7 y cosas así, en que no se siguen las reglas generales. Como existen estas regulaciones especiales tenia mi duda con la agrícola, ya que a un amigo le hicieron contrato de 9 a 6 de la tarde y se queda hasta las 12 o 1 de la mañana siempre (hace pega de ayudante de agronomo como John Doe tuvo que hacerla me imagino.)
La colación debe ser de media hora mínimo, si es más mejor y corre por cuenta del empleador, el horario de colación no esta contemplado en la jornada diaria de trabajo.